Pastor Benitez

OPINIÓN

Beneficios tributarios poco aprovechados

Siendo Colombia un país de alta tributación, se debe aprovechar al máximo los beneficios que brinda la norma a los contribuyentes declarantes principalmente del impuesto de renta. Actualmente existen ciertos beneficios que aunque no son muy atractivos económicamente, ayudan al contribuyente a solventar la carga tributaria, algunos de estos beneficios se encuentran en las siguientes normas: A) ley 6 de 1992, donde le permite a los contribuyentes declarantes del impuesto de renta, tomar como deducción el doble de lo pagado por concepto de salarios y prestaciones sociales a las viudas y huérfanos del personal de la fuerza pública, que hayan perdido a sus seres queridos en combate con grupos armados al margen de la ley o por acción directa del enemigo (esta deducción está limitada a un pago máximo anual por cada persona de 610 UVT, $14.495.000, para el 2009), igual tratamiento tendrán quienes den empleo a las cónyugues y compañeras o compañeros permanentes de miembros de la fuerza pública que se encuentren secuestrados o desaparecidos, mientras permanezcan en tal situación. B), la ley 361 del año 97, permite el mismo beneficio del caso anterior, es decir tomar como deducción el doble de lo pagado por concepto de salarios y prestaciones sociales a las personas que hayan sufrido limitación física no inferior al 25%, en este caso no hay tope máximo para la deducción. C) la ley 590 del año 2000, consagra un beneficio consistente en ahorro por concepto de aportes parafiscales, del cual pueden hacer uso las micro, pequeñas y medianas empresas (pertenecen a este grupo, todas aquellas empresas que tengan un monto de activos entre 500 y 30.000 SMLMV, es decir para el 2009, entre 248 millones 450 mil pesos y 14.907 millones de pesos, ó planta de personal entre 10 y 200 trabajadores, si se trata de una persona natural, para el monto de los activos no se tiene en cuenta la casa de habitación), el beneficio consiste en que por el primer año de funcionamiento solo pagan por concepto de aportes parafiscales un 25%, 50% en el segundo año y 75% para el tercer año. Como se observa, son beneficios que sabiendo hacer uso de ellos, generan ahorro de dinero en materia de impuestos y de obligaciones parafiscales, teniendo presente que, existen muchas actividades donde se pueden emplear este tipo de personal.