Pastor Benitez

OPINIÓN

Corte Constitucional tumba posibilidad de declarar con beneficio tributario, activos omitidos y pasivos inexistentes

Por: Pastor Benítez
pastorbeor@hotmail.com

En comunicado de prensa del pasado 22 de noviembre, la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 163 de la ley 1607 de 2012, en el que se daba una especie de amnistía tributaria a los contribuyentes que no habían declarado legalmente el total de sus activos, o habían declarado pasivos inexistentes.  En el comunicado de prensa dice lo siguiente: “El Presidente de la Corte Constitucional se permite informar a la opinión pública que en las sesiones plenarias celebradas los días 20 y 21 de noviembre de 2013, se adoptaron las siguientes decisiones: 1. Inconstitucionalidad de concesión de amnistía tributaria por resultar desproporcionada y violatoria del principio de equidad. Para la Corte la concesión de una amnistía tributaria para quienes han obtenido ganancia ocasional por activos omitidos y pasivos inexistentes en las declaraciones de renta y complementarios de los años gravables 2012 y 2013 (art. 163, Ley 1607 de 2012), resulta inexequible al establecer un trato inequitativo y desproporcionado respecto de quienes cumplen de manera oportuna y completa sus obligaciones tributarias, o regularizaron su situación a través del régimen general del artículo 239-1 del Estatuto Tributario. Esta decisión tiene efectos hacia el futuro”.
Como se observa, la Corte plantea los mismos argumentos con que en otros casos se declararon inexequibles otras normas que daban amnistías a morosos o incumplidos, pues la verdad es que la norma del artículo 163 de la ley 1607 de 2012, genera una inequidad al permitirles a quienes han sido ilegales en sus compromisos tributarios frente a los que cumplen a cabalidad con ese deber, ya que podían sanear sus patrimonios ocultos dándoles el beneficio de sólo pagar un 10% de impuesto de renta sobre ese patrimonio no declarado, situación que es facilista y la prefieren los gobiernos de turno a cambio de tener que perseguir a los incumplidos, lo cual no le ha sido fácil.  Quienes se acogieron e hicieron uso del beneficio en la declaración de renta del 2012, quedaron protegidos, pues el fallo de la Corte aplica hacia futuro.